El SAT ha anunciado modificaciones a la RMF para 2018,
“No expedición del CFDI con complemento para recepción de pagos”. Se establece que los contribuyentes del RIF podrán optar por expedir CFDI usando la versión 3.3. del Anexo 20 sin incorporar el complemento para recepción de pagos durante el ejercicio fiscal 2018”.
Por lo cual los contribuyentes del RIF podrán no expedir el CFDI con complemento para recepción de pagos durante el ejercicio fiscal de 2018 tratándose de operaciones con un monto de $5,000 o menos. (regla 2.7.1.42.).
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